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Parte II: Metodologías y Estrategías de prevención y detección
 
 

 

Capítulo II-4

 

El Uso Abusivo de los Sistemas

Alternativos de Remesas de Fondos

 

 

Es de amplio conocimiento que no todas las personas pueden acceder a las modalidades de pago que ofrece el sistema financiero, más aún cuando existen regiones o localidades en las que el acceso a los sistemas financieros es casi nulo, o estos sistemas financieros utilizan políticas de selección de clientes, las mismas que pueden llegar a ser discriminatorias. De ahí que cultural y socialmente surgieron medios alternativos para la realización de pagos, ya sean por la compra o compensación de servicios y/o bienes.

Las razones para utilizar estos sistemas también residen en otros factores. Muchos de los inmigrantes en países occidentales, legales o ilegales, tienen dificultad para abrir cuentas bancarias en el nuevo país de residencia. Las condiciones de apertura impuestas se revelan disuasivas para esta gente. En materia de transferencia de fondos hacia su país de origen para ayudar a sus familias, al pasar por el sistema financiero formal, se aplica la tasa de cambio oficial, a veces incluye un impuesto para ciertos países, haciendo la operación de un costo alto. También ciertos países restringen la exportación de divisas extranjeras. De hecho para este tipo de población inmigrante, pero también para las operaciones comerciales realizadas entre gente de misma etnia o país, ubicada en países diferentes, los sistemas alternativos de remesas de fondos revelan como la mejor opción para sus operaciones financieras por los ventajas que presentan en relación con el sistema financiero oficial

Si bien, estos sistemas paralelos son utilizados desde hace mucho tiempo, algunos por siglos en ciertas regiones del mundo, por razones culturales y prácticas, y de manera totalmente licita, lamentablemente, estos servicios alternos, por sus características particulares, se constituyen en un medio ideal para facilitar el lavado de dinero, los movimientos de fondos que requieren una discreción máxima, y el financiamiento del terrorismo.

 

Índice del capítulo. Se puede acceder directamente al capítulo deseado haciendo un "clic" con el mouse en el tema correspondiente.

2.4.1. Definición de los Sistemas Alternativos de Remesas de Fondos

 

2.4.1.1. Funcionamiento del Sistema Hawala / Hundi

 

2.4.1.2. El Sistema Chop Shop / Chiti

 

2.4.1.3. El Sistema del Mercado Negro del Peso

 

2.4.1.4. Clasificación de los SARF

2.4.2. Las Características de los SARF

2.4.3. La Problemática del Uso Abusivo de los SARF

 

2.4.3.1. Amplitud del Uso Abusivo de los SARF

 

2.4.3.2. El Uso de los SARF para Fines Criminales y Terroristas

 

2.4.3.3. Recomendación Especial VI del GAFI

2.4.4. Los Señales de Alerta

2.4.5. Análisis de Casos

2.4.6. Mejores Prácticas de Prevención del Uso Abusivo de las SARF

 

2.4.6.1. Prevención de los Sistemas Alternativos de Remesas de Fondos

 

2.4.6.2. Prevención del Sistema del Mercado Negro del Peso

2.4.7. Zona de Reflexión

2.4.8. Zona de Lectura

 

 

 

2.4.1. Definición de los Sistemas Alternativos de Remesas de Remesas de Fondos

 

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) daba esta definición en la nota interpretativa de la Recomendación Especial VI relativa las remesas alternativas de fondos, elaborada en octubre de 2001:

Un servicio de transmisión de fondos o de valores consiste en un servicio financiero que acepta el efectivo, los cheques o cualquier otro instrumento de pago o deposito de valores dentro de un lugar determinado, y paga una cantidad equivalente en efectivo o bajo cualquier otra forma a un beneficiario ubicado dentro de otra zona geográfica, por medio de una comunicación, un mensaje, una transferencia o un sistema de compensación (clearing), al cual el servicio de remesas de fondos pertenece.

 

En su informe sobre las tipologías de lavado de dinero (2004/2005), el GAFI se refería a esta definición, añadiendo que: "esta transferencia interviene generalmente fuera del sistema bancario clásico, por intermediación de instituciones financieras no bancarias u otras entidades comerciales cuya actividad principal puede no consistir en la transferencia de dinero".

En otras palabras, los sistemas alternativos (o paralelos) de remesas de fondos (SARF -o ARS para sus siglas en inglés: Alternative Remittance System), también llamado SITCV (sistemas Informales de transmisión de Capital o Valores, por sus siglas en inglés) son sistemas o redes de personas que facilitan, a tiempo parcial o completo, la transferencia de valores de manera doméstica o internacional, al margen de los sistemas financieros institucionales regulados y convencionales.

Algunos personas físicas o jurídicas pueden ofrecer este tipo de servicio, con una posibilidad de utilizar el sistema financiero reglamentado, o al contrario, de manera informal utilizando instituciones no financieras, empresas comerciales o cualquier otro medio.

Estos servicios pueden ser realizados a través del sistema financiero legal o a través de una red de sistemas informales, que tienen habitualmente el nombre de “Sistemas Alternativos de Remesas de Fondos” (SARF) pero también pueden revestir otros nombres como:

  • Sistemas Informales de Transferencias de Fondos (SITF) - en inglés IFT (Informal Funds Transfer)
  • Sistemas Informales de Transferencias de Valores (SITV) - en inglés IVT (Informal Values Transfer)
  • Sistemas Paralelos de Remesas de Fondos (SPRF) - en inglés PFRS (Parallel Funds Remittance System)
  • Sistema de Banca Subterránea - en inglés UBS o PBS (Underground Banking System)
  • Sistema de Banca Pararela (SBP)- en inglés PBS (Parallel Banking System)
  • Método Bancario Alternativo (MBA) - en inglés ABM (Alternative Banking Method)

 

Los SARF se pueden clasificar en dos categorías:

1. Las entidades jurídicas o individuos que proponen las transferencias y los movimientos de fondos de manera legal y reglamentada (sin embargo con un grado de reglamentación que puede diferir de un país a otro, incluso, sin tener ninguna reglamentación establecida para ciertos países); en este ámbito se encuentran las casas de cambio, las empresas de courriers, las empresas de envíos de fondos incluso ciertos servicios correspondientes a estas características que ofrecen cadenas regionales o internacionales de empresas comerciales, por ejemplo empresas de ventas de aparatos electrodomésticos que ofrecen a sus clientes la posibilidad de enviar y recibir dinero en sus tiendas (utilizados particularmente entre EE.UU., México y otros países latinoamericanos, en donde actúa la cadena comercial). Los negocios financieros respondiendo a esta primera categoría son conocidos, tienen fachadas oficiales, y sometidos actualmente en la mayoría de los países, a las obligaciones legales de prevención del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo, en particular a la supervisión usual legal en este ámbito. Utilizan generalmente el sistema financiero formal para realizar sus envíos, y sus transacciones son contabilizadas de manera normal.

2. Las entidades jurídicas o individuos que ofrecen los servicios, que entran en la definición del GAFI, que se basan exclusivamente en sistemas de compensaciones entre remitentes y beneficiarios, y que no utilizan el sistema financiero formal. Actúan de manera paralela al sistema financiero oficial, generalmente sin una reglamentación precisa, con una contabilidad opaca que no permite identificar los flujos financieros entre ambos, y afuera del sistema de prevención del lavado de dinero. Algunos sin embargo, son aceptados por el país, pero en la mayoría de los casos sin ningún control de las autoridades locales, y otros funcionan sin este reconocimiento oficial. En esta segunda categoría se encuentran los sistemas que van a preocupar particularmente las autoridades encargadas de la lucha contra el financiamiento del terrorismo, y que son conocidos con diferentes nombres según la región en la cual actúan. A continuación se detalla una lista con los nombres de sistemas SARF más reconocidos a nivel mundial. Cada uno mantiene la misma lógica de trabajo y operativa, salvo algunas variaciones.

          • Jawala o Hawala, de procedencia árabe
          • Fei – Ch’ein (China)
          • Chop Shop / Chiti (China)
          • Padala (Filipinas)
          • Hundí (India)
          • Hui Kuan (Hong Kong)
          • Fei Kwan (Tailandia)
          • Black Market Peso Exchange (Colombia)
          • Hui o Hui Kuan (Vietnamitas que viven en Australia)
          • Nging Sing Kek (Grupos Tae Chew y Cantoneses)
          • Hui K’uan (Chino Mandarin)
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2.4.1.1. Funcionamiento del Sistema Hawala / Hundi

 

El Hawala funciona con la transferencia de dinero sin el movimiento físico de éste y sin la utilización de ningún tipo de documentación, ni del sistema bancario formal por las transacciones individuales que se realizan.

Usado en su origen por los chinos de la Antigüedad (su nombre era fei qian, dinero volante) el sistema fue adoptado por los comerciantes árabes para evitar problemas de robos sobre la ruta de la seda. En los años 60s y 70s, la inmigración masiva procedente de estos países en desarrollo, lo reactivó para desviar el embargo oficial sobre las importaciones de oro en es sureste de Asia.

Actualmente el sistema Hawala permite a millones de inmigrantes africanos y asiáticos reenviar dinero a sus países de origen.

Ni el remitente ni el beneficiario tienen obligación de identificarse. Se utilizan palabras o frases código que permiten al beneficiario recoger el dinero de un tercero de confianza designado por el operador del sistema (el Hawalar).

En la mayoría de los casos, una sencilla llamada telefónica, un fax, un correo electrónico, bastan para que el dinero llegue inmediatamente a su lugar de destino. Con un costo extremamente reducido, en este caso, del 1 % sobre el capital transferido para los operadores del sistema, que en realidad obtienen sus beneficios sobrelas fluctuaciones de cambio y gastos sobre ciertas transferencias de grandes cantidades, como sobre los productos de contrabando, del trafico de armas, drogas y para los grupos armados al margen de la ley.

 

 

 

 

Caso de ilustración: Comó funciona un sistema Hawala (fuente Interpol)

Un pakistaní, Abdul que vive en New York, trabaja como taxista y tiene una visa de turista expirada (ilegal). Él ha ahorrado $ 5,000 que desea enviar a su hermano Mohamed, quien vive en Karachi, Pakistán. No puede pasar por un banco formal en razón de su estado migratorio, y sobre todo, por el costo final (esta operación le permitiría enviar en moneda local 154,225 rupias y el tiempo del envió (una semana)

Se entera a través de un anuncio publicado en un periódico Hindú que circula en Nueva York, que ofrece la realización de transferencias de fondos entre EE.UU. y Pakistán. Únicamente aparecen un número de teléfono en Nueva York, y el nombre de una persona Yasmeen.

A. toma contacto con Y, que le propone remitir directamente a su hermano, con la misma cantidad de 5,000 USD, un total de 180,000 Rupias. La operación se realiza de la manera siguiente:

1.Abdul le entrega los $ 5,000 a Yasmeen quien no le entrega ningún recibo.

2.Yasmeen contacta a Ghulam en Karachi, dándole los detalles de la entrega.

3.Ghulam le entrega las 180,000 rupias a Mohammad en un tiempo máximo de 2 días, pudiendo darse en muchos casos el mismo día.

En cuanto al registro de la operación realizada, los registros de Yasmeen ―de existir―, mantendrán la información de cuanto dinero le debe a Ghulam o viceversa (resulta común la codificación de estos registros), más no necesariamente de las transacciones individuales.

Entre ambos pueden darse tres casos:

1.Que sean socios y realicen transacciones de manera frecuente.

2.Que Ghulam le deba dinero a Yasmeen.

3.Que Ghulam esté administrando en Pakistán dinero de Yasmeen y exista un superávit de ese dinero.

El pago entre los dos puede ser absorbido por transacciones comerciales posteriores. Pero generalmente no hay movimientos reales de fondos entre ambos hawaladares correspondientes exactamente a la operación financiera realizada, lo que hace casí imposible la detección y el rastreo de los movimientos financieros entre ellos.
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2.4.1.2. El Sistema Chop Shop / Chiti

 

Corresponde a un sistema desarrollado varios siglos atrás en los territorios chinos en la época del auge del comercio del arroz y del té entre el norte y el sur, el cual tenía como uno de los principales objetivos evitar los robos en el transporte de dinero de una región a otra.

En términos generales, el método de transferencia es similar al del Hawala en cuanto a las características o ventajas que ofrece a la persona que desea remitir dinero, así como el saldo de cuentas entre los brokers de este sistema.

En este sistema se encuentra lo que se conoce como Centro de Remesa No Regulado (CRNR), que no es más que una tienda u oficina que ofrece varios servicios al público (casa de cambio, oficinas de importación-exportación, centros de llamadas internacionales), en la cual, de manera paralela o de medio tiempo, ofrece el servicio de transferencias de fondos y que posee una red de oficinas “hermanas” establecidas alrededor del mundo.

En su forma más elemental o fiel al sistema original, el interesado en enviar el dinero al extranjero se acerca a un CRNR y lo entrega personalmente, estableciéndose un Chit o recibo, el cual puede ser cualquier objeto, por ejemplo, billete o naipe partido en dos, quedándose con una parte el CRNR y con la otra el cliente. Ciertamente con el desarrollo de la tecnología, se han adoptado otras formas de reconocimiento más modernas, pero sin embargo estos signos de reconocimiento existen todavía.

El CRNR contacta a su oficina hermana en el lugar de destino y le da instrucciones de entregar el dinero acordado al destinatario del mismo, remitiéndole físicamente el Chit (en este caso la mitad de la carta). De forma paralela el cliente contacta al destinatario y le informa en donde presentarse a retirar el dinero, remitiéndole de igual forma su Chit con el cual, el destinatario se presentará ante la oficina hermana del CRNR y retirará su dinero.

Dentro de un esquema más rápido y moderno el CRNR pedirá al cliente que realice un depósito del dinero a ser enviado en una cuenta bancaria del CRNR, quien, al confirmar el depósito dará las instrucciones de pago a su oficina hermana, la cual entregará el dinero personalmente o lo depositará en una cuenta determinada del destinatario.

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2.4.1.3. El Sistema del Mercado Negro del Peso

 

Es un sistema desarrollado en América Latina como una alternativa para realizar comercio legal e ilegal (contrabando) entre América del Sur y América del Norte. Este sistema fue en su origen, la respuesta de emigrantes a las diversas restricciones al comercio internacional en particular al control de cambio con el dólar, así como a una serie de deficiencias que existían en el sistema bancario formal. Todavía se utiliza por los emigrantes sudamericanos.

Pero el narcotráfico encontró en este sistema un método eficiente de transferir sus ganancias producidas por la venta de droga en los Estados Unidos de América, sin llamar la atención de las autoridades de este país.

En materia de lavado de activos, la técnica del mercado negro de cambio del peso, llamada en inglés Black Market Peso Exchange System, es un sistema de lavado de dinero basado en el comercio que utilizan los contrabandistas de narcóticos para lavar sus utilidades ilegales. Generalmente los corredores en Colombia depositan ahí mismo los pesos en las cuentas bancarias de los narcotraficantes que tienen sus negocios en Estados Unidos de América. El cambio a pesos de los dólares obtenidos ilegalmente se hace lucrativamente. Los corredores hacen que sus agentes en Estados Unidos de América depositen los dólares en cuentas en Estados Unidos de América que luego los corredores usan para comprar artículos estadounidenses destinados a importadores colombianos, a cambio de pesos. Estos artículos se introducen generalmente de contrabando a Colombia.

 

 

Ilustración del sistema BMPE

El proceso clásico del BMPE tiene cinco etapas:

1. Organizaciones narcotraficantes (y narcoterroristas) exportan droga a EE.UU. en donde se vende en dólares.

2. En Colombia, los narcotraficantes contactan un broker que acuerda cambiar a los narcotraficantes locales, los dólares que tienen en EE.UU. contra pesos que tiene el broker en Colombia, con un beneficio sobre la operación (generalmente la transacción lleva una tasa de cambio superior a la tasa oficial de cambio Peso/Dólar para el pago de la comisión del broker), en esta segunda etapa, los narcotraficantes ya han logrado su operación de lavado de dinero.

3. El broker utiliza contactos suyos en EE.UU. para colocar los narcodólares dentro del sistema financiero, en particular sobre cuentas bancarias, utilizando el fraccionamiento de las cantidades y de las cuentas, para evitar una posible detección.

4. El broker vende los dólares colocados en el sistema financiero americano, a importadores colombianos de bienes americanos, que tienen pesos pero necesitan dólares más baratos que la tasa oficial de cambio. La transacción se realiza generalmente con 20 % menos, permitiendo al broker intercambiar con una comisión interesante, sus dólares por pesos. En este nivel, no solamente el broker ha lavado sus narcodólares, sino también esta listo para reiniciar el mismo ciclo.

5. Los importadores colombianos utilizan las líneas crediticias en dólares en los EE.UU. para pagar directamente a sus proveedores americanos los bienes importados.

Esquema clásico de uso del BMPE que puede servir también para financiar a organizaciones armadas al margen de la ley, que se financian en particular por el narcotráfico (narcoterrorismo).

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2.4.1.4. Clasificación de los SARF

 

Los expertos del GAFI han estudiado la problemática de la utilización de los SARF en materia de lavado de dinero y de financiamiento del terrorismo, estudios cuyos resultados figuran en el último informe de tipologías del GAFI de 2004/2005. (www.fatf-gafi.org/dataoecd/16/8/35003256.pdf)

El GAFI presenta una clasificación de los Sistemas Alternativos de Remesas de Fondos basada en los grados de sofisticación y la complejidad de sus sistemas y controles de cumplimiento.

Los SARF corresponden a los métodos de remesas de fondos que estan dentro o fuera del sistema bancario, autorizados o sin licencia, regulados o fuera de un sistema de control administrativo, legal o ilegal.

La clasificación realizada se presenta a continuación:

 

SARF Legales

1. Compañías multinacionales de franquicias 

Grandes empresas internacionales con reputación reconocida. Estructuras fijas. Alto grado de cumplimiento con la legislación local. Medidas preventivas contra el uso abusivo.

2. Compañías de varios comercios o franquicias nacionales

Empresas de envíos de fondos que actúan en una región o comunidad particular. Estructuras fijas. Fomentan la reglamentación y la regulación.

3. Locales de comercios (uno o mas locales)

Negocios familiares conocidos, actuando generalmente dentro de una comunidad étnica particular. Eventualmente pueden utilizar los servicios de otras SARF.

4. SARF abiertos dentro de otro negocio

Estos operadores son visibles (otra actividad comercial) pero no necesariamente hacen publicidad de sus servicios. Tienen autorización de ejercer.

SARF Ilegales

5. SARF secretos dentro de otro negocio 

Negocios de envíos de fondos que operan dentro de otra actividad comercial, fuera de cualquier regulación. El SARF es ilegal si opera sin autorización o registro administrativo. No respetan las medidas necesarias anti LD/FT. Generalmente sirven en una comunidad étnica. Particularmente fuerte en las regiones de destino que no cuentan con un sistema bancario fiable o desarrollado.

6. SARF encubiertos sin local o comercio físico

Los operadores de este tipo de SARF trabajan sin locales específicos y de manera ilegal. Incluyen los lavadores de dinero. Generalmente utilizan los SARF de las 4a. y 5a. categorías, pero pueden tener su propia red.

 

Esta clasificación permite determinar los SARF en función de sus riesgos, y distinguir entre los diferentes niveles de riesgo que representan los tipos de compañías que actúan en este sector.

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2.4.2. Las Características de los SARF

 

Como se mencionó anteriormente, los SARF que corresponden a los sistemas Hawala y otros similares han sido utilizados históricamente por conceptos culturales y sociales, como:

¤ Confianza en los miembros del grupo étnico. Los individuos al desconocer o al encontrarse en localidades con limitaciones en el acceso al sistema financiero, utilizan los SARF como medio de transferencia y de pago basados en la confianza de los miembros del grupo étnico, los cuales comulgan con valores y comportamientos comunes. (Hundí, India)

¤ Relaciones Personales. El conocimiento o el uso de los SARF es llevado a cabo por personas con estrechos lazos consanguíneos o de amistad. No necesariamente los SARF requieren de altos niveles de organización ni de tecnología avanzada para llevar a cabo su cometido.

¤ Informalidad. Los SARF no requieren, dependiendo de la jurisdicción, de una licencia o aprobación por la autoridad competente para su funcionamiento, ni tampoco se dispone de una Organización Autorregulada (OAR) que asocie u organice, reglamente o supervise de alguna forma el correcto funcionamiento de los SARF.

¤ Ningún Registro y Anonimato. Los proveedores de los SARF no llevan registros cronológicos de las transacciones efectuadas, la utilizan con escritura codificada, o la destruyen una vez terminada la transacción; de esta forma, en casos de investigaciones y análisis, se preserva la característica del anonimato y la dificultad en el rastreo del beneficiario final.

 

Las principales características de los SARF son: locación distinta, documentación mínima, entrega puerta a puerta, no se requiere el movimiento físico del dinero. A continuación se describe cada una de las mencionadas características:

¤ Locación Distinta. El uso que se les da a los SARF no necesariamente implica una determinada localidad. Es de conocimiento general que en la actualidad, diferentes modalidades de SARF son utilizadas en el ámbito internacional.

¤ Documentación mínima. Debido a los aspectos sociales y culturales (confianza en los miembros del grupo étnico, las relaciones personales entre los actores que intervienen en los SARF, la informalidad, la nulidad de los registros y el anonimato) el solicitar el servicio de los SARF no requiere de mucha documentación de respaldo para la realización de las transacciones financieras. En algunos casos, basta con la entrega del dinero o valor a ser transferido, la descripción de la persona beneficiaria y el destino final para que una transacción financiera se llegue a concretar. Es más, los SARF al no contar con políticas de selección de clientes se convierten en mecanismos útiles y confiables para el envío y recepción de fondos. Esta eficiencia en el servicio permite que el universo de clientes potenciales sea ilimitado.

¤ Entrega Puerta a Puerta. Esta es una de las ventajas competitivas de los servicios SARF; como el servicio ofrecido está basado en la confianza y las relaciones interpersonales y el objetivo es no llevar registros documentales, el envío y la entrega de efectivo o valores puede ser solicitada a domicilio; no es necesario que la persona remitente o el beneficiario final se apersonen a una oficina comercial, el servicio SARF llegará a su domicilio.

¤ No se requiere el movimiento físico del dinero. Vale decir, no es necesario que se realicen los asientos contables con las diferentes cuentas en los bancos corresponsales, ni se espere la confirmación de recepción de la orden pago. El proveedor de los servicios SARF se pondrá en contacto vía teléfono, fax o correo electrónico para mandar la orden de pago y su contraparte inmediatamente se pondrá en contacto con el beneficiario final. El arreglo contable entre contrapartes de los servicios SARF podrá realizarse bajo la modalidad de: pagos a cuenta, pagos de deudas, cuentas por cobrar, etc.

 

Los beneficios del uso de los SARF son: menos costoso, más rápido, menos burocrático y administración sencilla, bajas comisiones, se imparten instrucciones por medios de comunicación accesibles.

¤ Menos costoso. Los únicos costos en los que incurre el proveedor de los servicios SARF para el envió de los fondos solicitados, generalmente, son: teléfono o fax o servicios de Internet. Los proveedores de estos servicios no necesitan de registros online para registrar las órdenes de pago, por lo que la infraestructura tecnológica de comunicación está al alcance de los mismos.

¤ Más Rápido. Se ha comprobado que los envíos de dinero, incluso a destinos inaccesibles para el sistema financiero internacional, no pasan de las 48 horas después de realizar la solicitud de pago al beneficiario final. Este tipo de transacciones financieras, en las mismas situaciones, tomaría semanas, ya que deberá tomarse en cuenta el tiempo en que el Banco local se podrá en contacto con sus diferentes Bancos corresponsales y el tiempo en que el beneficiario final llegará hasta una oficina financiera para proceder a realizar el respectivo cobro.

¤ Menos burocrático y sencilla administración. El proveedor de los servicios SARF, al no llevar un registro formal de las transacciones realizadas o por realizar, no incurre en procesos burocráticos, y que en algunas entidades financieras son atemorizantes, por lo que la aceptación del servicio es ilimitada por el universo potencial de clientes. El proveedor sólo utiliza una lista diaria de las órdenes de pago a realizar; y una vez que se pone en contacto con sus diferentes contrapartes, desecha la mencionada lista.

¤ Bajas Comisiones. Los servicios SARF ofrecen comisiones tan bajas que, en ciertos lugares, se consideran como principales competidores a las entidades financieras locales.

¤ Se imparten instrucciones por medios de comunicación accesibles. Como no es necesaria la utilización de medios de comunicación sofisticados para el registro de las transacciones, los proveedores de servicios SARF utilizan los medios de comunicación que están a disposición inmediata: teléfono, fax o correo electrónico.

 

El ámbito de funcionamiento de estos sistemas de tipo Hawala presenta características adicionales que son particularmente atractivas para los movimientos de fondos que necesitan una discreción total:

¤ Ausencia casi total de reglamentación para abrir y hacer funcionar un sistema Hawala.

¤ Ausencia de controles por parte de las autoridades.

¤ Corrupción posible de las autoridades administrativas y financieras

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2.4.3. La Problemática del Uso Abusivo de los SARF

 

2.4.3.1. Amplitud del Uso de los SARF

 

El desarrollo de utilización de los SARF se ha visto ampliamente afectado, en particular, por la amplitud de los movimientos migratorios en el mundo en los últimos decenios, legales pero sobre todo ilegales, que tuvieron como consecuencia el desarrollo de estos sistemas paralelos a los sistemas financieros legales.

A través de la historia se han conjugado varios factores que contribuyen a la popularidad de estos sistemas, entre los que se puede citar:

¤ Ausencia de facilidades bancarias en algunas partes del mundo.

¤ Desconfianza en el sistema bancario y en las políticas del gobierno.

¤ Discriminación.

¤ Controles monetarios.

¤ Confidencialidad (rastro muy difícil de seguir).

¤ Servicio más rápido, menos burocrático y más barato que el ofrecido en el sistema financiero formal.

¤ Fidelidad cultural.

 

Según cifras oficiales, las redes del sistema pakistaní Hawala moverían más de 5 billones de dólares anualmente. En 1999 se habían identificado 1100 Hawaladares en Pakistán, con transacciones que pudieron alcanzar los 10 millones de dólares diarios.

Según las Naciones Unidas, la industria del Hawala representaría una cifra total anual de ingresos de 200 000 millones de dólares (citado en 1999 para la elaboración de la resolución 1267 sobre los Talibanes).

A veces en ciertos países, el sistema Hawala es el único sistema para realizar intercambios financieros, y para paliar la ausencia o debilidad del sistema financiero tradicional (ejemplo: Somalia, Afganistán).

En relación con la utilización del Black Market Peso Exchange, según el Tesoro norteamericano, la utilización fraudulenta de este sistema permitiría lavar dinero del narcotráfico de entre 3 000 y 6 000 millones de dólares anuales, y habría sobrepasado la región del Continente americano, al ser utilizado en otras regiones.

Según Jimmy Gurulé, Subsecretario del Tesoro norteamericano para la Ejecución de la Ley, “El lavado de dinero se realiza a escala mundial y el sistema del mercado negro de cambio del peso, aunque tenga su base en el Hemisferio Occidental, afecta la actividad comercial en todo el mundo. Las autoridades estadounidenses han detectado transacciones relacionadas con el mercado negro de cambio del peso, en Estados Unidos de América, Europa y Asia”.

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2.4.3.2. El Uso de los SARF para Fines Criminales y Terroristas

 

Debido a las características de documentación mínima, anonimato, las relaciones interpersonales, y sobre todo, la característica de informalidad o de casi ausencia de supervisión por las autoridades competentes, los servicios SARF se han constituido en uno de los medios ideales para el financiamiento del terrorismo.

Las ventajas posibles entre las características y los beneficios de los servicios SARF, hacen que los mismos sean una de las vías ideales para la transmisión de fondos ilegales, provenientes de un sinnúmero de delitos, para la formación, organización y ejecución de actos terroristas a nivel mundial.

Las células terroristas encargadas de la recopilación o acumulación de fondos ilegales son las facultadas, en la mayoría de los casos, de la tramitación de los envíos a cualquier lugar del planeta; lo que más protegen estos individuos son las características de anonimato y rapidez en el envío de los fondos.

El sistema Hawala frecuentemente se combina con otros métodos de mover fondos. Para una sencilla transacción, el “Hawaladar” a veces utiliza ambos sistemas, el Hawala y el sistema bancario formal (o empresas remisores de fondos); los remitentes y beneficiarios de los fondos a menudo usan transportistas para llevar sus fondos o recibirlos de sus Hawaladars. El sistema Hawala también permite a sus operadores tener acceso al sistema bancario sin tener que abrir una cuenta.

Según las conclusiones de la comisión de investigación de los atentados del 11 de septiembre, Al Qaeda utilizó mucho el sistema Hawala para mover sus fondos antes de esta fecha. De cierta manera, Al Qaeda no tenía otra opción, después de su traslado a Afganistán en 1996, a causa del sistema bancario local anticuado y poco fiable. El uso del sistema Hawala se volvió particularmente importante después de los atentados en África del Este de agosto de 1998, y del aumento de la vigilancia mundial del sistema financiero formal.

Bin Laden se orientó hacia una red establecida de Hawala que opera en Asia, y a través del Medio Oriente para transferir fondos de manera eficaz. Hawala era atractivo a Al Qaeda a causa de una ausencia de supervisión gubernamental, a diferencia de las instituciones financieras formales, y no guardaba informes detallados de las operaciones. Al Qaeda utilizaba una docena de Hawaladars, que ciertamente conocían la fuente y los propósitos del dinero. Utilizó también Hawaladars no voluntarios y otros que actuaban voluntariamente con la causa de Al Qaeda.

Desde el 9-11, la red Hawala de Al Qaeda parece haber sido ampliamente destruida. Varios de los principales Hawaladars que movían los fondos antes de los atentados fueron detenidos, y la identidad de los otros fue establecida gracias a las investigaciones.

Sin embargo, Al Qaeda debe haber desarrollado relaciones con nuevos operadores de este sistema. Se piensa que la mayoría de sus movimientos de efectivo se efectúa ahora por mensajeros y Hawaladares de confianza, o por los miembros operativos mismos de la organización terrorista, por razón de seguridad. También aparece una nueva forma de financiamiento del terrorismo: el autofinanciamiento de los pequeños grupos terroristas (nuevos y desconocidos) que realizan los atentados mortíferos, reivindicándose de la ideología de Al Qaeda, pero sin su apoyo financiero. Estos grupos necesitan muy poco dinero (por ejemplo los atentados de Madrid) y se financian en el país de realización, generalmente con el producto de trafico de droga u otra actividad criminal, lo que evita la realización de movimientos financieros internacionales, pasar por el sistema financiero, y por consiguiente, arriesgarse a una posible detección preventiva.

La utilización del sistema del Black Market Peso Exchange, que representaría el método más usado de lavado de narcodólares sobre el continente americano, también concierne el financiamiento de las organizaciones armadas al margen de la ley, de la región andina, la mayoría señaladas internacionalmente como organizaciones terroristas.

 

La problemática en muchos países relacionada con la utilización criminal de los diferentes sistemas alternativos de remesas de fondos, consiste en la fiscalización de este control, incluso, si bien tienen una reglamentación administrativa al respecto, la dificultad reside en la aplicación efectiva de los controles.

 

Caso de ilustración: Remesas Nacionales, a través de cuentas de empresas de correo no supervisadas, para el financiamiento de grupos terroristas

Esta tipología se refiere al uso de empresas del servicio postal, no supervisadas, que prestan servicios de remesas nacionales a distintos clientes y dentro de un mismo país y cuya cuantificación y seguimiento se tornan en tareas difíciles.

En cierto país, las empresas de servicios postales no se encuentran dentro del grupo de sujetos obligados a reportar, ni tampoco son entidades supervisadas en temas relacionados al LD / FT. La normativa prohíbe el envío de dinero a través de cartas o sobres postales. La empresa postal A con diversas sucursales a lo largo y ancho del territorio ofrece el servicio de remesas de fondos y de cobro inmediato. Un cliente habitual entrega diariamente montos fraccionados que deben ser remitidos a una de las sucursales de la empresa A.

El dinero entregado por el cliente es depositado en la cuenta maestra de la empresa A y posteriormente es debitado a una cuenta alterna de la empresa A pero que es administrada por la sucursal de la empresa A, la justificación contable es “por el pago de servicios de intermediación postal”. Una vez hechos efectivos los fondos por la sucursal de la empresa A, estos son entregados al beneficiario final quien funge como cabecilla de la célula terrorista del país.

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2.4.3.3. Recomendación Especial VI del GAFI

 

De ahí que la Recomendación Especial VI, emanada por el GAFI (FATF por sus siglas en inglés) denominada “Sistemas Alternativos de envíos de fondos” establece lo siguiente:

 

Recomendación Especial VI

 “Los países deben tomar medidas para asegurar que las personas naturales o jurídicas, incluyendo a los agentes, que prestan un servicio para la transmisión de dinero o valor, incluyendo la transmisión a través de un sistema o red informal de transferencia de dinero o valor, reciban licencia o sean registrados y estén sujetos a todas las Recomendaciones del GAFI que se apliquen a los bancos y a las instituciones financieras no bancarias. Cada país debe asegurar que las personas o entidades legales que lleven a cabo este servicio ilícitamente estén sujetas a sanciones administrativas, civiles o penales”

 

La mencionada recomendación se basa en tres pilares fundamentales:

¤ Los países deben exigir la obtención de licencias o registro de funcionamiento para las personas físicas o jurídicas que ofrecen los servicios SARF.

¤ Los países deben asegurarse que los servicios SARF estén sujetos a las recomendaciones del GAFI.

¤ Los países deben ser capaces de imponer sanciones a los servicios de transferencia de dinero y valores.

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2.4.4. Indicadores de Alerta

 

 

En los países donde no existen registros o licencia de funcionamiento emitida por una Autoridad Competente, la identificación de indicadores de alerta para la prevención y detección del uso indebido de los servicios SARF corresponde más a una actividad de seguimiento policial continúo (inteligencia), seguida del monitoreo continúo y profundo de las cuentas bancarias abiertas a personas físicas o jurídicas.

A continuación se presenta una lista de indicadores de alerta correspondientes a una posible utilización de estos sistemas de remisoras de fondos para fines criminales; cabe recordar que muchos de estos indicadores no prejuzguen de la distinción de la finalidad criminal (lavado de dinero o financiamiento del terrorismo) y que la relación con una posible relación con actividades terroristas resulta en la zona geográfica de envió/recepción de fondos, y/o de la identidad de los remitentes y beneficiarios (individuos o entidades jurídicas declarados o ligados a las listas internacionales de terroristas):

El objetivo para marcar los indicadores de alerta para el sistema estará dado entonces, por el entorno relacional que resulte de las características señaladas precedentemente y que tienen como eje para la emisión de alertas la compatibilidad informativa existente entre el cliente, remitente, beneficiario, tipo de operación y región o zona de aplicación.

 

 

 

¤ Personas físicas o jurídicas que registran importantes movimientos de fondos sin relación con su perfil empresarial.

¤ Aparición de empresas exportadoras con gran éxito de la noche a la mañana.

¤ Empresas exportadoras de inusitados márgenes de rentabilidad.

¤ Identificación de exportaciones fachadas.

¤ Identificación de exportaciones de cargamentos mínimos con sobreprecios de venta.

¤ Movimientos de fondos cuyos orígenes y/o destinos resultan zonas consideradas de riesgo.

¤ Movimientos de fondos donde participan sociedades y se observa que la operación no mantiene compatibilidad con el objeto social de las mismas, o bien, con el informado en la entidad.

¤ Movimientos de fondos que se realicen por agencias u oficinas de cambio en zona fronteriza, y se observe la utilización de una cuenta concentradora, para luego diseminar los fondos hacia otras cuentas radicadas en entidades o agencias que se encuentran en el otro país fronterizo.

¤ Movimientos de fondos cuando sean efectuados por agencias u oficinas de cambio, cuyos movimientos en cuenta no resulten compatibles con las remesas enviadas y/o recibidas. (Se observa un importante movimiento en efectivo, que haría presumir la existencia de un sistema alternativo de remesas).

¤ Movimientos de fondos cuando se realicen por individuos conocidos en la plaza por operar en el mercado marginal.

¤ Movimientos de fondos cuando se realicen por personas físicas y/o jurídicas que ofrecen servicios de:

      • Compra venta, canje y/o descuento de cheques (Con especial cuidado cuando se efectúa sobre OFSL, ONG, etc.)
      • Emisión de recibos de sueldo
      • Entrega de dinero contra presentación de tarjeta de crédito
      • Ofrecimiento de garantías
      • Apertura de cuentas
      • Adelantos sobre sucesiones
      • Compra de chequeras
      • Otorgamiento préstamos
      • Alquiler de oficina por hora, manejo de agenda y/u oficina virtual.
      • Copia de CD’s, DVD’s, etc.
      • Venta de ropa e indumentaria de primera marca (Falsificadas)

    ¤ Movimientos de fondos cuando las partes registran cualquier dirección, teléfono, correo electrónico, etc., que corresponde con empresas o individuos que ofrecen los servicios antes mencionados.

    ¤ Movimientos de fondos cuando se trata de sumas inferiores a los 10 000 (debajo del límite que debe reportarse).

      • Los remitentes varían y el beneficiario resulta el mismo
      • El remitente es el mismo y los beneficiarios varían
          • Tales características no pueden justificarse.
          • El concepto se describe como asistencia familiar
      • Los remitentes y destinatarios no son los mismos, pero se observa una repetición en domicilios, teléfonos, casillas de correo, etc.
      • Los remitentes y destinatarios no resultan los mismos, pero se observa una importante disposición de operaciones en una región específica.
      • El remitente y/o beneficiario son clientes ocasionales sin domicilio real en el radio de actuación de la entidad.
      • Cuando alguna de las partes no registra documento de identidad correspondiente al mismo país de la entidad emisora o receptora conforme sea el caso, y dicha identificación señala que ha expirado el plazo de permanencia en el país.
      • Operaciones efectuadas en zonas de frontera por parte de personas físicas y/o jurídicas con domicilio en el país fronterizo opuesto al lugar de la operación.
      • Cuando se trate de operaciones realizadas en zona de frontera por integrantes de las denominadas empresas golondrina y exista cualquier tipo de incompatibilidad respecto del perfil de la sociedad.
      • Cuando el remitente o receptor, presentan constancia de empleo o certificado de contador u abogado cuyas identidades, domicilios y/o teléfonos resultan coincidentes con las publicidades de diarios, revistas o Internet ofreciendo servicios de certificación, constitución de empresas, etc.
      • Cuando las características particulares del remitente o receptor no resultan compatibles con el tipo de operación que se realiza. (V.gr. pretender girar dinero a favor de una compañía editora, advirtiéndose que el remitente y/o beneficiario tiene dificultades para leer, escribir y/o hablar en la lengua del país de origen o destino según sea el caso; o bien, su aspecto permite suponer que jamás podría trabar relación con esa empresa o efectuar el tipo de operación que se analiza).
      • Cuando el remitente o receptor se encuentra incluido en las listas oficiales de terroristas, o se presuma por su denominación que pueda corresponder al mismo conjunto familiar.
      • Cuando se determine por medio del pasaporte o documento de identidad correspondiente, una fecha reciente de ingreso al país, por parte del remitente y/o beneficiario.
      • Cuando las remesas procedan de una misma entidad bancaria ubicada en zona considerada de riesgo y los remitentes resulten distintos entre sí.
      • Cuando las operaciones son realizadas por funcionarios diplomáticos de regiones consideradas de riesgo.

¤ En relación con el Black Market Peso Exchange, los indicadores de alerta conciernen principalmente el modo de pago de los proveedores exportadores de bienes (principalmente en paises en donde circula libremente el dolar americano), pero también afectan a los importadores de los mismos bienes.

¤ Para el proveedor:

  • Pagos en efectivo por una tercera parte sin relación con la transacción subyacente.
  • Pagos por transferencias por una tercera parte sin relación con la transacción comercial.
  • Pagos con cheques, letras de cambio, y otras órdenes de pago, que no provienen de la cuenta del cliente comprador de los bienes.

 ¤ Para la entidad nacional importadora:

  • Ausencia de movimientos bancarios a destinación del proveedor.
  • Bienes vendidos con precios inferiores de manera significativa a lo normal.
  • Ausencia de comprobantes de pago de aranceles.

¤ Indicadores de alerta de una posible utilización de una institución financiera por corredores del sistema BMPE:

  • Depósitos de divisas estructuradas en cuentas de cheques con múltiples depósitos diarios en múltiples cuentas en diferentes sucursales del mismo banco.
  • Cuentas de cheques que son utilizadas durante un período y luego quedan en un estado letárgico.
  • Cuentas de cheques personales que son abiertas por extranjeros que ingresan al banco todos juntos.
  • Múltiples cuentas abiertas el mismo día o que son controladas por la misma persona extranjera en varios bancos.
  • Incremento en la frecuencia o montos de los depósitos en cuentas comerciales de EE.UU. de entidades comerciales exportadoras, que no provienen de transferencias o de cuentas bancarias ligadas con el cliente extranjero. Si bien, esta medida apunta a las empresas importadoras colombianas, es valida también para otros países, en particular países de Europa del Este, África y Asia.

 

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2.4.5. Análisis de Casos

 

 

A continuación se presentan diferentes casos del uso de los sistemas alternativos de remesas de fondos para el financiamiento del terrorismo y su análisis correspondiente. La descripción de los casos es una adaptación de los casos correspondientes presentados por diversas autoridades (GAFI, GAFISUD, UIFs, y otras). Estos casos pueden servir como ejemplos de aplicación de la metodología de prevención y detección del financiamiento del terrorismo (Ver Parte II Capitulo 2), en particular en el ámbito de talleres.

 

¤ Caso #1: Utilización del sistema SARF para financiar a organizaciones terroristas

 

Tipología

Utilizar una casa de cambio para cambiar divisas de manera no oficial, y transferir internacionalmente fondos a través de sus cuentas bancarias, para el financiamiento de las actividades de una organización terrorista

Descripción del caso

Una investigación relativa a un caso de lavado implicando a una casa de cambio, ha permitido evidenciar el movimiento de fondos para organizaciones terroristas, generados por el contrabando internacional. El dispositivo presentaba ciertas similitudes con el sistema Hawala, por la razón que implicaba pagos sustanciales a la casa de cambio, que no se registraban en sus cuentas y contabilidad oficiales, tampoco sobre su cuenta bancaria. La casa de cambio poseía una enorme reserva de efectivo a disposición de las necesidades de los miembros de la organización terrorista. Además, la casa de cambio transmitía cantidades de su cuenta bancaria legítima a entidades ubicadas en otros países, a disposición de la organización terrorista. Según la investigación, estas cantidades servían para financiar operaciones de contrabando.

Fuentes

GAFI – Informe de tipologías 2002/2003

Instrumentos usados

  • Dinero en efectivo
  • Divisas

Técnicas usadas

  • Cambio de divisas
  • Transferencias bancarias internacionales

Métodos usados

  • Operaciones ocultas de cambio de divisas
  • Utilización de la cuentas bancarias de una casa de cambio para transferir internacionalmente fondos

Mecanismos usados

  • Casa de cambio
  • Sistema financiero legal

Etapa de FT

La utilización de este circuito para mover fondos de procedencia de una actividad ilícita aparentemente identificada en operaciones de contrabando, se ubica en la segunda etapa de la Disposición del proceso de financiamiento del terrorismo.

Indicadores

Si bien, no están explícitos en este ejemplo, los únicos indicadores referenciales a una posibilidad de financiamiento del terrorismo, serian la integración de una de las entidades extranjeras beneficiarias de las transferencias de la casa de cambio, en una de las listas internacionales de terroristas señalados (individuos o entidades), o eventualmente la misma casa de cambio a través de contactos con miembros de una organización terrorista. La ubicación de la casa de cambio, en una región sensible a actividades terroristas, es también un elemento específico de sospecha.

Los otros indicadores de alerta son comunes a las operaciones financieras sospechosas de estar ligadas con lavado de fondos manipulados por la delincuencia organizada y que exigirían una vigilancia reforzada por la entidad financiera que alberga las cuentas bancarias de la casa de cambio y ciertamente una declaración de operaciones inusuales o sospechosas según el caso:

  • Grandes disponibilidades de fondos en efectivo no contabilizados en la entidad.
  • Transferencias repetitivas de cantidades de dinero al extranjero a partir de las cuentas bancarias de la casa de cambio, no correspondientes al volumen oficial declarado por la casa de cambio
  • Importantes compras de divisas por parte de la casa de cambio, en efectivo y afuera de su perfil geográfico y económico
  • Relaciones entre la casa de cambio y una organización terrorista de la misma región.

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas del sector financiero: vigilancia de las operaciones bancarias realizadas por la casa de cambio. Cruce con las listas internacionales de designación de terroristas.
  • A nivel de los analistas de la UIF: trabajo clásico de cruce de informaciones para la comprobación de la declaración de sospecha del banco, solicitud internacional (Grupo Egmont o acuerdos bilaterales entre UIFs) de informaciones financieras en relación con las cuentas extranjeras relacionadas con los movimientos del banco del país A, identificación de las entidades y personas extranjeras ligados, y confirmación de (posibles) nexos con organizaciones terroristas señaladas
  • A nivel de los investigadores judiciales: investigación clásica de inteligencia y policial para la comprobación judicial y el proceso penal de financiamiento del terrorismo, contra los individuos y entidades identificadas en este proceso de financiamiento del terrorismo

Enseñanza de la tipología

La utilización de una enorme reserva de dinero y divisas en efectivo, que no pasa por el sistema bancario, y que no contabiliza las operaciones realizadas con estos fondos en la casa de cambio, enfoca sobre la detección a partir de otras fuentes. El trabajo de inteligencia policial es primordial para esta detección en estos casos en donde no se utiliza el sistema financiero. Esta tipología muestra la necesidad de reglamentar las condiciones de aperturas y de funcionamiento de este sector cambista, permitiendo controles por parte de entes externos supervisores para evitar su utilización en el proceso del financiamiento del terrorismo.

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¤ Caso # 2: Utilización del sistema BMPE por una organización terrorista

 

 

Tipología

Dos personas o entidades originarias del mismo país, disponen por separado: una, de fondos en divisas en otro país, y la otra, de fondos en divisas en su país de origen. La primera parte necesita regresar estos fondos ubicados en el extranjero (con el cambio de divisas correspondientes), y la segunda necesita divisas del mismo país en el extranjero por razones diversas, generalmente comerciales. A través de un intermediario informal que se ubica entre las dos partes, la primera intercambia sus divisas en el otro país con las divisas en su país de la otra parte. No existe ningún desplazamiento físico ínterfronterizo, sino un intercambio de divisas ubicadas en dos regiones diferentes, entre dos partes.

Descripción del caso

Una organización subversiva armada en un país A impone una contribución voluntaria (impuesto sobre negocios) a miembros adinerados de una comunidad inmigrante en un país B. El dinero se recauda en el país B en efectivo en la divisa local. Paralelamente, unos comerciantes del país A importando en contrabando y de manera continua bienes de consumo (productos informáticos, ropa deportiva) que disponen de los fondos en la divisa del país A, necesitan divisas del país B para pagar los proveedores correspondientes de este país. Un intermediario informal “broker” se encarga de contactar tanto a los responsables financieros de la organización subversiva, como a los comerciantes informales del país A, proponiendo a cada parte poner a disposición de la otra, la cantidad de fondos necesarios. Así, los fondos de la organización subversiva en el país B sirven a pagar las deudas extranjeras de los comerciantes informales del país A, y los fondos de los comerciantes informales se remiten a la organización subversiva en el mismo país, por compensación y sin desplazamiento físico. Se trata de un “swap” o intercambio de fondos ubicados en dos lugares y en divisas diferentes. El broker cobra una comisión de 10 % por su intermediación.

Fuentes

Diversas con adaptación de casos presentados por UIFs

Instrumentos usados

  • Dinero en efectivo
  • Divisas diferentes

Técnicas usadas

  • Intercambio de divisas entre dos partes

Métodos usados

  • Método conocido bajo el nombre de Black Market Peso Exchange

Mecanismos usados

  • Intermediario informal conocido bajo la denominación de ‘”broker”

Etapa de FT

  • Este sistema sirve a mover fondos en el proceso de financiamiento del terrorismo y se ubica en la segunda etapa de la “Disposición”

Indicadores

  • Pago de proveedores extranjeros sin movimientos financieros directos correspondientes entre el importador nacional (comerciante contrabandista) y el proveedor extranjero
  • Obligaciones que desaparecen repentinamente o son canceladas por cuenta de terceros, tanto en el país local como en el extranjero
  • Operaciones locales o internacionales donde actúan intermediarios desconocidos o con pocas referencias en el medio
  • Personas que desarrollan una actividad de comercio informal de la que no se evidencian pagos a un proveedor local o al exterior, cuando las mercancías son extranjeras
  • Adquisición de bienes o servicios en el exterior sin que se identifique plenamente la manera de pago de los mismos desde el país local
  • Operaciones que son inconsistentes o inusuales con la actividad financiera del cliente, u operaciones que no aparentan tener un objetivo comercial normal
  • Operaciones locales o internacionales donde actúan intermediarios desconocidos o con pocas referencias en el medio.

Análisis reacciónales en materia de detección y represión

  • A nivel de los analistas del sistema financiero, la sospecha podría intervenir sobre el cliente comerciante importador, en relación con ciertos indicadores mencionados, a condición que el mismo tenga cuentas bancarias en su país. Sin embargo, no hay ningún indicio específico que la operación sospechada de BMPE esté ligada con una actividad de financiamiento del terrorismo.
  • A nivel de los analistas de la UIF, una investigación financiera sobre el comerciante puede poner en relieve las características de una operación financiera de tipo BMPE, pero los indicios que permitan ligar con un financiamiento de organización terrorista no existen
  • A nivel de los investigadores judiciales, se trata de una operación de inteligencia, tanto sobre la organización subversiva y sus fuentes de financiamiento, como sobre el broker y sus actividades de intermediación, así como sobre las importaciones en contrabando. Identificar los proveedores extranjeros y verificar los modos de pagos a los mismos. (Cooperación internacional necesaria con los medios jurídicos y operativos correspondientes)

Enseñanza de la tipología

Se trata de un sistema por intercambio de divisas entre dos partes interesadas, que no implica movimiento físico de fondos y que minimiza el riesgo para una organización terrorista que dispone de fondos en el extranjero y necesita repatriarlos en su país de actividades o en el lugar de sus necesidades. La presencia de un intermediario externo entre las dos partes interesadas por este intercambio, dificulta el rastreo de la operación y el nexo entres ambas partes.

Es un caso que generalmente se descubre a partir de un trabajo policial de inteligencia. El caso muestra la necesidad de una investigación financiera profundizada sistemática sobre la importación ilícita de bienes y sobre el sector comercial informal, y de considerar las actividades de contrabando no únicamente como un delito común tributario o de evasión de aranceles (y poco sancionado), sino como un posible vector en el proceso de financiamiento de actividades terroristas (cuando existen enel mismo país). En este caso el contrabando entra como uno de los componentes del proceso de financiamiento del terrorismo.

Variantes metodológicas

Cualquier variante que introduce un proceso de intercambio por compensación de divisas ubicadas en dos países diferentes entre dos partes. Puede ser por razones comerciales, privadas o de otro índole.

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2.4.6. Mejores Prácticas de Prevención del Uso Abusivo de las SARF

 

 

2.4.6.1. Prevención de los Sistemas Alternativos de Remesas de Fondos

 

Conviene precisar que los SARF, en ciertos países, aseguran un servicio legítimo y eficaz. Estos servicios son tanto más importantes cuanto menos son desarrollados o implantados los servicios financieros formales, en particular bancarios. Están instalados más en ciertas regiones por razones culturales. En otros países, estos servicios informales están prohibidos.

En relación con la Recomendaciones VI del GAFI, y de las mejores prácticas internacionales, parece importante considerar medidas preventivas de la utilización de estos sistemas no solamente por parte del crimen organizado, sino también por las organizaciones terroristas para mover sus fondos.

Estas medidas preventivas se resumen a continuación:

  • Imponer una autorización o registro oficial a las personas físicas y jurídicas que prestan estos servicios informales de transmisión de fondos. Uno de los elementos esenciales reside en la obligación para la autoridad de vigilancia competente, de conocer la existencia de esta actividad. Esta obligación de registro y autorización se extiende también a los agentes de la entidad que realizan estos servicios informales. El país debe designar una autoridad competente, que podría ser por ejemplo la UIF. La información pública de la autorización y registro oficial debe ser obligatoria y a vista de los clientes.
  • Tomar una reglamentación y disposiciones legales para permitir estas disposiciones de autorización y registro, así como la designación de la autoridad competente relacionada con el control de los SARF.
  • Los SARF deben estar obligados a tener un domicilio comercial, e informar a las autoridades de cualquier cambio de domicilio o de actividades.
  • La obligación de utilizar cuentas bancarias para la realización de las transacciones. Estas cuentas deben ser identificadas y abiertas a nombre del individuo o de la entidad autorizada y registrada, para permitir a las autoridades competentes de realizar controles.
  • Identificar los servicios informales ofrecidos: en particular detectando las publicidades diversas realizadas por estos operadores no autorizados, realizando la vigilancia y el seguimiento de estas actividades dentro de ciertos barrios o zonas en donde pueden operar.
  • Cualquier detección fortuita de operadores no autorizados de transferencias de fondos, que aparezca durante cualquier tipo de investigación, debe ser comunicada inmediatamente a las autoridades competentes
  • Sensibilizar a los operadores autorizados, incluyendo en particular los servicios de transportes y transferencias de fondos para que comuniquen cualquier información relativa a la actividad de operadores informales.
  • Vigilar los eventuales nexos con servicios informales de transferencias de fondos dentro de las declaraciones de operaciones sospechosas (nacionales e internacionales).
  • Ayudar a los bancos y las instituciones financieras para identificar las operaciones financieras que podrían dejar sospechar la existencia de actividades de tal sistema informal.
  • Facilitar el intercambio internacional de informaciones sobre estas entidades entre los organismos concernidos (por ejemplo a través de las redes internacionales de informaciones entre UIFs-Grupo Egmont, Fiu.net, a través de INTERPOL, EUROPOL).
  • Desarrollar campañas de sensibilización, para hacer conocer sus obligaciones a los SARF, incluyendo programas de capacitación y de puesta en conformidad.
  • Desarrollar programas de capacitación a los servicios de aplicación de la ley, sobre los servicios y funcionamiento de los SARF.
  • Obligar a los SARF a la identificación de su clientela y a la conservación de los documentos de sus operaciones realizadas, es decir, hacer entrar a los SARF en el ámbito de los sujetos obligados por la legislación antilavado, incluyendo la declaración de las operaciones sospechosas realizadas por sus clientes.
  • Imponer a los SARF las obligaciones resultantes de la Recomendación VII del GAFI sobre la identificación de las transferencias electrónicas. La ausencia de informaciones completas sobre este sector, puede ser considerado como un criterio para evaluar si una operación es sospechosa y si debe ser reportada a la UIF.
  • Establecer un poder de vigilancia y control a las autoridades gubernamentales competentes para identificar a los operadores ilegales y la utilización de estos mecanismos por los grupos criminales y terroristas. En este ámbito, establecer una clasificación que permita considerar los operadores de “alto riesgo”.
  • Establecer una escala de sanciones civiles, administrativas o penales para quienes no acaten las obligaciones legales, o sobre las condenas posibles de los operadores, sus accionistas o administradores.

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2.4.6.2. Prevención del Sistema del Mercado Negro del Peso

 

Para luchar contra el uso abusivo de este sistema de transferencias informales de fondos a partir del comercio internacional ―y contrabando―, se ha constituido un Grupo Multilateral de Trabajo que incluye a los países afectados por el sistema, que establecieron dos tipos de programas según su plazo

 

¤ Programa a corto plazo:

  • Informar a los fabricantes y otras personas que comercian internacionalmente.
  • Informar a los administradores de zonas de libre comercio y los comerciantes que operan en ellas.
  • Realizar la selección, el registro y la reglamentación más apropiados de las empresas de comercio internacional.
  • Requerir de los cambistas y las oficinas de cambio que informen a sus entidades supervisoras sobre las transacciones sospechosas o inusuales
  • Mejorar la comunicación, coordinación y colaboración entre las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley y los organismos normativos y supervisores.
  • Realizar investigaciones financieras sistemáticas en los casos de contrabando, en particular para identificar a los proveedores de los bienes importados y los medios de pagos correspondientes.
  • Crear un servicio policial ―o aduanero―, financiero para investigar el contrabando.
¤ Programa a largo plazo:
  • Mejorar la recopilación, la calidad y el intercambio internacional de datos comerciales, con el fin de establecer un Sistema de Perfiles Numéricamente Integrado para ayudar a promover el comercio legítimo mediante la creación de una imagen más exacta del flujo del comercio.
  • Realizar estudios económicos, sociales, políticos y/o jurídicos sobre el problema del lavado de dinero por medio del comercio.
  • Estimular el desarrollo e implementación de sistemas electrónicos compatibles de registro e información de las aduanas para seguir la pista del movimiento de artículos que se importan, exportan o trasbordan desde, hacía o a través del territorio de cada jurisdicción aduanera y zona de libre comercio.
  • Considerar acuerdos o arreglos bilaterales o multilaterales para llenar los vacíos que existen en cuanto al intercambio de pruebas e información.
  • Hacer que cada jurisdicción evalúe su esquema legislativo contra el lavado de dinero y su efectividad para combatir el lavado de dinero por medio del comercio.
  • Fiscalizar el sistema económico informal.

 

La lucha contra el contrabando y el sector informal es un elemento susceptible de permitir prevenir y detectar el financiamiento del terrorismo, dificultándole sus vías de movimientos internacionales de fondos. La necesidad de considerar el contrabando con una visión diferente a un sencillo delito tributario aún no está tomada en cuenta suficientemente por los países confrontados a una fuerte economía informal, tráficos ilegales (particularmente de drogas) y de actividades armadas al margen de la ley, nacionales o extranjeras.

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2.4.7. Zona de Reflexión

 

¤ ¿Existe en su país sistemas idénticos o similares a los sistemas alternativos de remesas de fondos, de tipo Hawala o Black Market Peso Exchange? -Describir los métodos utilizados.

¤ En caso afirmativo ¿hacen el objeto de una reglamentación particular? -Describir la reglamentación, los servicios encargados de su aplicación.

¤ ¿Cuáles son los utilizadores usuales de los sistemas alternativos?

¤ ¿Se controlan los movimientos financieros nacionales e internacionales realizados? ¿De qué manera, por quién, existen informes de los controles? y ¿Cuál es el destino y las consecuencias de los informes de control?

¤ ¿Se ha podido evidenciar en su país el uso de estos sistemas por el lavado de activos de procedencia criminal, o de financiamiento del terrorismo?

¤ De manera general en su país:

• ¿Cómo se considera el contrabando de bienes a nivel preventivo y represivo?: ¿Cómo un sencillo delito tributario o cómo un posible vector de un delito más importante que corresponde al lavado de activos o de financiamiento del terrorismo?

• ¿Existe una unidad investigadora financiera que profundiza como financia el sistema económico informal en su país los bienes importados y vendidos en este mercado paralelo?

• ¿Cuáles son las medidas tomadas en su país para minimizar el sistema económico informal?

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2.4.8. Zona de Lectura

 

 *Ciertos sitios de la red Web, correspondientes a los documentos, son susceptibles de haber cambiado desde la última actualización de la presente Guía: en este caso se recomienda al lector de buscarlo a partir de un motor de búsqueda.

Principal documentación referencial

La lectura de la documentación siguiente permite profundizar el conocimiento y el uso para fines criminales de los servicios SARF y de la tipología de movimientos de fondos conocida como Black Market Peso Exchange

Se puede tener acceso a los documentos correspondientes sea a partir de su dirección electrónica, sea directamente en los módulos "Documentación Legal" o "Documentación Temática", o haciendo clic sobre el botón PDF correspondiente al documento

GAFI

FMI

FINCEN

INTERPOL

Comisión del 11/09

Diversos

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